La Ley 4/2021, de 28 de enero, de medidas fiscales y administrativas ha modificado diversas normativas, entre estas la Ley del Suelo de Galicia y su Reglamento.

De todas ellas únicamente vamos a destacar dos:

  • Art. 92 LSG, relativo a la protección de vías de circulación.

Se establece una distancia preceptiva de cuatro metros al eje de vial de todas las construcciones y cierres que se construyan con obra de fábrica, vegetación ornamental u otros elementos permanentes en zonas no consolidadas por la edificación.

Con la modificación, por tanto, no es posible que el instrumento urbanístico municipal reduzca esta distancia, al igual que se elimina la excepcionalidad anteriormente prevista para la colocación de mojones y cierres de postes y alambre destinados a delimitar la propiedad rústica, que también habrá de situarse a cuatro metros del eje.

  • Art. 63, relativo a los planes básicos municipales.

Se añade un nuevo párrafo, por el que los planes básicos municipales podrán remitir la ordenación detallada de determinadas áreas a un plan especial aprobado con anterioridad declarándolo subsistente, identificándolo con claridad e indicando su fecha de aprobación y publicación.

Puede consultar el conjunto de modificaciones aquí.