El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Vigo ha anulado esta semana la sanción de más de 30.000 € impuesta por el Ayuntamiento de Vigo a nuestro cliente por el supuesto incumplimiento de la normativa en materia de espectáculos públicos.
Nuestro cliente fue sancionado por el Ayuntamiento de Vigo con la sanción pecuniaria máxima establecida en la Ley de espectáculos públicos y actividades recreativas de Galicia.
La sanción se justificaba en el ejercicio de una actividad distinta a la licenciada, amparándose para ello en un conjunto de actas e informes policiales, responsabilizando al sancionado de lo que en el local supuestamente acontecía.
La Sentencia dictada anula íntegramente la sanción impuesta, asumiendo los argumentos alegados por esta parte en el proceso judicial: la tramitación del expediente vulneró el derecho de defensa del sancionado, los hechos acreditados en 13 de las 14 actas policiales que supuestamente justificaban la sanción estaban prescritos y por los hechos no prescritos contenidos en un único parte policial de 2020 no podía responsabilizarse al sancionado.
Lástima que la Sentencia que anula la sanción impuesta carezca de la misma difusión pública en medios de comunicación que la alcanzada en su día por la Resolución municipal -ahora sí puede decirse- que imponía una sanción de modo contrario a Derecho.