Dos nuevas Sentencias del Tribunal Supremo, de 30 de enero de 2025 núm. 154/2025 y 155/2025,fijan nuevos criterios para valorar la falta de transparencia en las contrataciones de tarjetas revolving.
La información debe permitir al consumidor medio comprender el producto ofertado y tomar conciencia de los riesgos que se derivan del plazo indefinido.
También de la escasa amortización del capital en el caso de cuotas bajas que implica que este no se trate ya de un préstamo a largo plazo, si no a muy largo plazo o indefinido, siendo necesario poner de relieve las diferencias entre esta modalidad contractual y otras que pueda ofrecer la entidad.
La ignorancia de todos estos riegos significativos implica que el contrato puede tener graves consecuencias económicas para el consumidor, y convertirse en lo que la sala del Tribunal Supremo ha venido en llamar un «deudor cautivo» y el Banco de España denomina «efecto bola de nieve».
Si cree que tiene una tarjeta revolving, consúltenos sin compromiso.