La situación de un extranjero en nuestro país que se enfrenta a una regularización de su situación administrativa no es fácil.
Muchas veces los criterios interpretativos no son claros, y otras no lo es la probanza de los hechos o situación alegada.
Toda denegación de una autorización de residencia vendrá acompañada de una advertencia, que cae sobre el extranjero cual espada de Damocles: la obligación de salida del país en un plazo máximo de 15 días.
Por eso, cuando se recurre a los órganos judiciales, formular una adecuada medida cautelar es fundamental, pues de ella no pende solo la permanencia en el país, si no incluso el poder trabajar legalmente mientras no se resuelva el pleito.
Así lo reconoce un reciente Auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pontevedra, que afirma que la precipitada salida y/o expulsión del extranjero de España antes de la conclusión del litigio le puede generar un perjuicio de difícil o imposible reparación para el caso de que obtenga finalmente una sentencia favorable.
Y añade que: “Carece de sentido que se le permita permanecer provisionalmente en España (hasta la sentencia firme), pero condenada a una situación de “alegalidad”, sin poderse documentar con un NIE, ni trabajar (…)” lo que justifica que la medida cautelar también sea positiva, en el sentido de reconocer una autorización temporal de trabajo y residencia hasta que se dicte Sentencia firme.
En suma, nuestro cliente no solo se evita -al menos provisionalmente- la salida del país, si no que también consigue poder trabajar legalmente hasta que el Juzgado valore pormenorizadamente su situación en España.
Si es extranjero en España y quiere regularizar su situación, consúltenos!