¿Has recibido una notificación de la APLU por la que se incoa un expediente de reposición de la legalidad? ¿Sabes lo que es y lo que puede implicar? Te lo explicamos en diez sencillos pasos:

1.- ¿Qué es la “APLU”?
La “APLU” es la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística de Galicia, dependiente de la Xunta de Galicia con competencias en materia de disciplina urbanística en toda la comunidad gallega en determinados supuestos; también puede ejercer sus competencias por un Convenio de colaboración con un Ayuntamiento.

2.- ¿Qué es un expediente de reposición de la legalidad urbanística?
El expediente de reposición busca determinar si existe una ilegalidad urbanística de la que es competente la APLU y, de existir, acordar su reposición; es decir, que la realidad física se adapte a la legalidad.

3.- ¿Qué implica “reponer la legalidad”?
Normalmente dos actuaciones: demoler completamente la obra ilegal o, en su caso, legalizarla mediante demoliciones parciales, variaciones parciales de la obra o usos implantados.

4.- ¿Cómo puede finalizar un expediente de este tipo?
Tres son las posibilidades: Acordar que el inmueble se ajusta a Derecho y, por tanto, no es preciso realizar actuación alguna; acordar que las obras/actuaciones son legalizables determinando las líneas para su legalización o, por último, acordar la demolición total de lo construido al entender que ni es legal ni puede llegar a serlo.

5.- ¿Cuánto tiempo puede durar la tramitación del expediente?
El plazo de duración máximo es de un año, contado desde el acuerdo de incoación hasta que la Resolución que le pone fin se notifique al interesado. No obstante, podría durar más siempre que se acuerde de manera expresa y motivada y por resolución expresa su ampliación.

6.- He construido mi vivienda sin licencia pero de eso hace ya más de 15 años, ¿puede ordenarse su demolición ahora? ¿La infracción no prescribe nunca?
Sí, el plazo genérico de prescripción o caducidad de la acción de reposición de la legalidad urbanística es de 6 años en Galicia.
Ahora bien, para que este plazo comience a correr la construcción tendrá que encontrarse completamente acabada y apta para servir al uso que le es propio.
No obstante, existen ciertos casos en que la ilegalidad urbanística nunca prescribe, pudiendo la Administración actuar de oficio o previa denuncia de particulares.

7.- ¿Si la APLU acuerda la demolición, la acomete esta a su costa y al propietario le sale “gratis”?
No. La demolición debe ejecutarse por el propietario o a su costa. Si la Administración ejecuta la demolición lo será porque el propietario no lo ha hecho voluntariamente, pero siempre y en todo caso, pasará luego a este el coste de las actuaciones de demolición por vía de apremio.

8.- ¿En el expediente de reposición se imponen sanciones por la ejecución de obras o construcciones ilegales?
No. En el expediente de reposición únicamente se acuerda el adaptar la realidad (construcción/obras/usos) a Derecho, no sancionar.
Sin embargo, la APLU o Administración competente, puede iniciar un expediente sancionador que será independiente al expediente de reposición de la legalidad, pero donde existen reducciones de hasta el 90 % de su importe.

9.- La APLU me ha apercibido de la imposición de multas coercitivas reiterables si no ejecuto la demolición que me pide, ¿Qué son?
Las multas coercitivas son un medio de ejecución forzosa con el que cuenta la Administración para que los propietarios, en este caso, ejecuten lo que la Administración les ordena.
La multa no sanciona el haber construido ilegalmente, si no que sanciona o castiga que no se lleve a cabo lo ordenado de manera firme por la Administración (en el supuesto que nos ocupa, la demolición).

10.- ¿La APLU ha acordado la demolición de mi vivienda, es esta decisión definitiva o puedo recurrirla?
No, no es definitiva.
La Resolución del expediente de reposición de la legalidad que dicte la APLU es recurrible ante la propia APLU o, en su caso, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses.

Si has recibido notificación de la incoación de un expediente de reposición de la legalidad y no sabes cómo actuar; consúltanos.